¡Queremos las direcciones! ¡Las direcciones!
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“Las empresas telefónicas no están obligadas a ceder a la asociación de productores y editores de música de España (Promusicae) los datos de sus usuarios que realizan descargas de música, según se deduce de una sentencia del Tribunal de Justicia de la UE. Los jueces europeos han concluido que “el derecho comunitario no obliga a los Estados miembros a divulgar datos personales con objeto de garantizar la protección efectiva de los derechos de autor, en el marco de un procedimiento civil”. El dictamen del Tribunal se emite en relación con una denuncia de Promusicae contra Telefónica, en un caso elevado por un tribunal de Madrid a los jueces europeos. Promusicae había solicitado por vía judicial a Telefónica que le comunicase los usuarios de Internet a los que había identificado a través de las denominadas direcciones IP, así como la fecha y hora de su conexión. La asociación alegaba que estos clientes se habían bajado, a través del programa Kazaa, archivos musicales sobre los que sus miembros tienen derechos de autor y de licencia, y reclamaba la información para ejercer contra ellos las correspondientes acciones civiles. Telefónica alegó que, conforme a la legislación española, la comunicación de los datos solicitados por Promusicae sólo estaba autorizada en el marco de una investigación criminal o para la salvaguardia de la seguridad pública y de la defensa nacional y no en el marco de un proceso civil. El caso acabó ante el TUE por una cuestión prejudicial que planteó el juzgado de lo mercantil número 5 de Madrid.
El País“.















































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